El Transporte Público de Pasajeros es el ramo con el mayor aumento ($127 millones) aunque también aumentó la franquicia a cargo del asegurado por acontecimiento. La nueva escala será aplicable a partir del 1ro de enero de 2023.
A través de la Resolución 739/2022 la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estableció nuevos montos para los límites de cobertura de Responsabilidad Civil correspondiente a los diferentes ramos de vehículos. La Resolución entrará en vigencia a partir ramos de automotores y transporte público de pasajeros.
El límite por acontecimiento se fija en $ 127.000.000. La franquicia a cargo del asegurado es de $ 645.000 por acontecimiento.
En cuanto a la Obligación Legal Autónoma, los gastos tienen los siguientes límites. Estos montos se repiten en los demás vehículos asegurados: Por gastos sanatoriales el límite es de $ 170.000. Por gastos de sepelio el límite es de $ 100.000
Vehículos automotores y/o remolcados, motovehículos, automóviles de alquiler, casas rodantes y bicicletas con motor: El límite por acontecimiento se fija en $ 39.000.000
Taxis, remises, maquinarias rurales y viales, camiones, acoplados, semirremolques servicios de urgencia y fuerzas de seguridad: Límite por acontecimiento de $ 85.000.000.
La Resolución dispone que estas cifras regirán para las pólizas emitidas y/o renovadas a partir del 1° de enero de 2023.
A través de la Resolución 739/2022 la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estableció nuevos montos para los límites de cobertura de Responsabilidad Civil correspondiente a los diferentes ramos de vehículos. La Resolución entrará en vigencia a partir ramos de automotores y transporte público de pasajeros.
TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
El límite por acontecimiento se fija en $ 127.000.000. La franquicia a cargo del asegurado es de $ 645.000 por acontecimiento.
OLA
En cuanto a la Obligación Legal Autónoma, los gastos tienen los siguientes límites. Estos montos se repiten en los demás vehículos asegurados: Por gastos sanatoriales el límite es de $ 170.000. Por gastos de sepelio el límite es de $ 100.000
AUTOMOTORES Y DEMÁS
Vehículos automotores y/o remolcados, motovehículos, automóviles de alquiler, casas rodantes y bicicletas con motor: El límite por acontecimiento se fija en $ 39.000.000
Taxis, remises, maquinarias rurales y viales, camiones, acoplados, semirremolques servicios de urgencia y fuerzas de seguridad: Límite por acontecimiento de $ 85.000.000.
La Resolución dispone que estas cifras regirán para las pólizas emitidas y/o renovadas a partir del 1° de enero de 2023.
Fuente: www.revistaestrategas.com.ar